Vistas de página en total

lunes, 13 de enero de 2014

Sostenibilidad en la señalización

El otro día criticaba la incuria administrativa respecto la protección del medio ambiente que supone la excesiva publicidad institucional. Publicidad que no justifica el impacto medioambiental que implica la instalación indiscriminada de los cartelones informativos de la acción pública durante su desarrollo ni mucho menos, cuando esta concluye, como suele ocurrir, y se convierte en basura institucional.




Tampoco justifica esta evidente lesión al entorno un pretendido deber de informar, trasunto del anhelante derecho a ser informado del hipotético visitante o usuario turístico. Deberían adoptarse medidas más racionales que sirviesen para conciliar ambas pretensiones sin que ello supusiera un desdoro de entornos dignos de una verdadera protección, en todos los sentidos.

miércoles, 8 de enero de 2014

EN PALMA A SIETE DE ENERO


Precisiones terminológicas preliminares: 
“Liquidar”: en la acepción de jorobar 
“Mierda”: en la acepción de algo incorrecto 
“Putada” en la acepción de fastidio.

 Al pobre del Rey se lo va a llevar por delante la mierda del auto del Juez Castro, dicho sea en términos de estricta defensa jurídica de quien no ha hecho otro cosa más que haberse casado enamorada de un espabilado al que han cogido con el carrito de los helados. El Rey que ya ha sobrevivido: a francos, a conversaciones en el Azor, a una orfandad impuesta por razones de estado, a juegos fraternales peligrosos, a golpes de estado, a matrimonios de Estado, a cacerías de riesgo-extrem, el Juez, de las mangas largas y las gafas acordonadas al cuello, se lo liquida. Nada más tuvimos que verle en la Pascua Militar, después de un brillante discurso de Navidad, balbuceante, estoy convencido, que ya debía conocer algo. Pero se lo liquida además, un auto con una argumentación técnico jurídica que dista mucho de ser el tratado de Derecho Procesal que dice que le puedan haber obligado a efectuar, no se quien, en su auto incriminatorio lleno, por otro lado, de imprecisiones (me río de que la imputación sea una fase procesal “chula” para el imputado so pretexto de que así puede ejercer el derecho a la defensa; esto es, cuando menos, un eufemismo; es una real putada sobre todo si no hay materia criminis (como han adverado fiscalía, AEAT y Abogacía del Estado), porque te difama, degrada, humilla y, en definitiva, te convierte a ojos de la sociedad en un ser putrefacto y abyecto.

De eso nada monada, por muchas hojas que tenga el auto -227; podía haber tenido las 40.000 que ya comentó en su día éste, en otro auto dictado en la misma causa-; con el mismo sistema de “corta y pega” empleado podía haber incorporado las 40.000 de marras.

Que el presente auto de 7 de enero de 2014 adolece de reveladoras inconsistencias jurídicas por mucha profusión de documentos que haya tenido a bien incorporar (sólo 47 páginas consumen las alegaciones de la acusación de “manos limpias” en el Hecho Decimotercero en cuya página 72 de su alegato se utiliza incorrectamente la expresión “proviniente” en lugar de proveniente) nos hace temer por su objetividad y altura científica. Si ya van por la tercera ocasión en que el órgano superior (la Audiencia Provincial) desbarata la imputación ¿cuándo vamos a parar?; esto acabará convirtiéndose en una Causa General. Antes o después algo te sacan. No creo que este “moddus opperandi” sea trasunto de lo que se denomina tutela judicial efectiva ni mucho menos la garantía de la tan cacareada “presunción de inocencia”. "Especialis derogat singularis" y la AEAT tiene dicho y obra en autos que no hay elemento indiciario que permita concluir que la Infanta tuviera participación ninguna; la Abogacía del Estado personada para defender los posibles intereses públicos cercenados por unas conductas ilícitas (ya sea por acción, ya por omisión) tiene afirmado la imposibilidad de concretar hechos a imputar a la Infanta. 

Si a pesar de haberse levantado de una vez el velo societario se sigue comprobando que del matrimonio Urdangarín-Borbón en régimen de separación de bienes, es Urda y sólo Urda, el que se beneficia de la compondanga consistente en crear una estructura societaria que de apariencia de regularidad a hechos ilícitos, creo que ya está bien y en algún momento habrá que dejar en paz a la Casa Real. De lo contrario esto acabará convirtiéndose en una “causa Diabólica” que igual que la “Probatio Diabólica” nunca tenía fin a pesar de que, como tiene reconocido el Ministerio Fiscal en su Informe de 14 de noviembre de 2013 que es de lo mejorcito del procedimiento, en el proceso penal las meras conjeturas o sospechas no constituyen títulos válidos de imputación.

viernes, 27 de diciembre de 2013

¿QUÉ OCURRIRÍA?




Sobre en buzón con carta del Ministerio del Interior, Dirección General de Tráfico. Contenido: ¿multa? No. Casualmente. Pasado el temor inicial que, en principio desaconsejaba la apertura de la misiva, se comprueba que se trata de la comunicación lacónica, sin especificar expresamente la razón final de la misma, de toda una suerte de datos personales remitidos desde el aludido órgano administrativo por el simple, inconsistente y vulnerable método de "correo ordinario".

Mi contestación a la remitente:

Recibida esta carta por correo ordinario sin la adopción de especiales medidas en orden a la prevención de la seguridad en la recepción de la misma, en la que se contienen relevantes datos identificativos del destinatario no sólo en cuanto a su personalidad y residencia sino también respecto del vehículo del que dispongo me hace temer por la indemnidad de aquéllos extremos. Qué ocurriría, Sra. Seguí, si estos datos de los que Vd. dispone en razón del cargo que ocupa  y a los que se refiere con detalle en su misiva cayeran en manos criminosas; si la confidencialidad del contenido fuese quebrantada, como, fácilmente, podría ocurrir habida cuenta la carencia de adopción de unas mínimas medidas preventivas que garantizaran que los datos contenidos fueran recepcionados por su titular y no por cualquier otra persona que, tal vez, pudiera hacer un uso inadecuado de los mismos incluso con una finalidad delictiva. Qué ocurriría y quién sería el responsable de haber instrumentado un medio tan inapropiado para contener datos tan dignos de ser salvaguardados que han dado lugar a la redacción de todo un sistema normativo con rango de ley orgánica como es la concebida por la vigente Ley 15/1999 de 13 de diciembre (Santa Lucía) y su reglamento; quién llegaría a ser el responsable civil subsidiario de haber actuado con la ligereza que puede inferirse de un procedimiento tan vulnerable si, con los datos obtenidos, pudiera llegarse a cometer una fechoría por los delincuentes que andan sueltos o los que han soltado últimamente como venimos conociendo con profusión de detalles por los medios de comunicación. Me parece peligrosísimo (y temerario) que mi nombre, mi apellido, mi NIF, domicilio y residencia, mi vehículo, marca modelo y ¡hasta el número de bastidor¡ y compañía aseguradora se contengan en un soporte tan carente de medidas de protección como el que se ha utilizado.

Sra. Seguí, con todos mis respetos y por anhelante que sea el fin ultimo que persigue su misiva, no me fío y le sugiero que de instrucciones a fin de que se suspendan para que no se generalice el método empleado en previsión de males mayores. Atte.     

sábado, 21 de diciembre de 2013

Canción de Navidad de mi hija Chefinits

Dentro de poco será un día  especial .

No todo va a ser regalos y felicidad .

En los más necesitados debemos pensar .

Hay pavo y requesón

Pero los pobres ni tienen ni un  simple turrón

A pesar de haber llegado la Navidad.

Una estrella sin final

Va surcando cielos de lugar en lugar ,

Día y noche vuela sin  cesar.

¡Bella estrella no dejes de brillar !

Para qué veamos la estela

Que nos va a guiar

Y comportarnos con losnecesitados

Con especial generosidad .

Proporcionándoles comida alegría y paz.

Y que con sus familias puedan disfrutar

En estas fiestas de Navidad

JOSEFINA  HERNÁNDEZ   -  GIL   HERNÁNDEZ

miércoles, 4 de diciembre de 2013

DESDE TAMERLAN A SCHENGEN




Cuando Payo Gómez de Sotomayor, Señor de Lantaño, primero, y Ruy Gonzalez de Clavijo, al poco tiempo, se desplazaron a Samarcanda, a principios del siglo XV, para entrevistarse con Tamerlán, como embajadores de Enrique III el Doliente, Rey de Castilla y León, lo hicieron con un cometido similar al que en la actualidad tiene, a mi juicio, el acuerdo de Schengen (1985). 

En aquélla ocasión, lo mismo que ahora, “mutatis mutandi”, los reinos de occidente deciden ponerse en guardia ante la presión ejercida por los turcos, entonces; y, por la inmigración masiva y desordenada, sobrevenida desde países islamistas fundamentalmente, en el presente.

Lantaño y Clavijo fueron precursores del espacio Schengen (en vigor desde 1995). Entonces con un indudable carácter beligerante a diferencia de los métodos pacíficos que el nuevo espacio comporta en la actualidad, pero, en ambos casos, con un mismo objetivo: parar el avance proveniente de países del exterior.

Con tal objetivo, Payo y Ruy se metieron entre pecho y espalda los ocho mil kilómetros de distancia que median entre una y otra nación: España y Uzbekistán, hasta llegar a Samarcanda (al pie del Himalaya) para establecer lazos de amistad con quien estaba siendo el freno de las apetencias invasoras de turcos y árabes. Y lo consiguieron. Su legación culminó con éxito. Tan es así, que el emperador “mogol” por gratitud no exenta de cierta petulancia internacionalista agasajó, en ambas ocasiones a los diplomáticos castellanos, enviando al Rey Doliente, no sólo palabras de amistad (le llamaba su “hijo” al rey del extremo occidente), sino que además le pretendía hacer llegar con el primer emisario, con payo Señor de Lantaño, dos hermosas mujeres que tuvo la oportunidad de tomar como botín en una de sus innumerables acciones bélicas de quien las tenía cautivas: el sultán Bayaceto. Se trataba de dos hermanas hijas de un conde Húngaro, Janós. Una de ellas, la llamada María de Grecia que tuvo un hijo de Payo, concebido durante el viaje de regreso. Por esta “desatención” con el “obsequio” el Rey Enrique persiguió a Payo que, en última instancia, fue perdonado por el descendiente de Enrique, el Rey Juan.

Bien es cierto que si analizamos con detenimiento los métodos del Tamerlán de marras pronto comprobamos que no eran muy humanitarios precisamente. Más al contrario debían ser unos modos muy crueles. Toda vez que seguía el sistema de arrasar cuanto se le ponía por delante. No dejaba, literalmente, títere con cabeza. Cuentan los historiadores que en Damasco arrasó a “toda” la población. La batalla de Ankara de la que dicen fue una de las más populares (por el número de intervinientes que participaron) nos dan noticia de la agresividad empleada contra los invasores liderados por Bayaceto. En cuya resolución final a favor de Tamerlán tuvieron un especial papel la intervención de mamelucos, jenízaros y las medidas estratégicas desarrolladas en cuanto a la utilización de elefantes capturados en las campañas de la India o la adopción de inteligentes métodos de ingeniería militar para privar de agua al enemigo en las tórridas zonas de la meseta de anatolia en la que se libraba la batalla, consistentes en la ejecución, por avezados zapadores, de obras para desviar el cauce de ríos a fin de privar al enemigo de suministro hídrico.

Curiosamente se mantiene en Samarcanda una calle con el nombra de Ruy González de Clavijo y otra con el nombre de Madrid.