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miércoles, 24 de octubre de 2012

BASURA



A medida que pasa el tiempo me voy haciendo más reacio en admitir con los parámetros de complacencia, aprobación y adhesión que, me enseñaron en casa, debía dispensársele a toda norma jurídica emanada de los órganos competentes para producirla.



El desengaño se produce en el preciso instante en el que surge para el responsable de la reglamentación la “necesidad” de producir la norma. Porque este momento no responde a una situación socialmente acuciante sino al mero timbre de gloria que se granjea aquél ministro o consejero que más iniciativas legislativas lleve al correspondiente Consejo de Ministros o de Gobierno. Como si la perdurabilidad en el cargo dependiera de la frecuencia con la que se de la murga al administrado. Estoy harto de comprobar que la prolífica labor productora de normas jurídicas atiende más a razones de prurito personal que a verdaderas necesidades sociales. El descorazonamiento al que me refiero no sólo tiene carta de naturaleza en la fase preliminar enunciada, sino que también destaca cuando adviertes la hipocresía con que se pronuncian sus artífices.



Generalmente invocan en los preámbulos normativos, como una letanía, la necesidad de “aproximar, simplificar la administración acercándola en suma al ciudadano”, “evitar superfluas exigencias”, “favorecer la libertad empresarial”, y...nada de todo esto es cierto. Cada vez más requisitos. Como diría Machado son “romanzas de tenores huecos”. La administración cada vez más burocratizada y, ahora durante la crisis, con mayor razón para justificar las nóminas. Pero no aprendemos. La misión del funcionario no está en comprobar el cumplimiento de requisitos sino en volcarse en ayudar al administrado para que cualquier procedimiento pueda desenvolverlo con facilidad. Sin complicaciones de ninguna clase.



Por desgracia, esas notas que desvirtúan la verdadera esencia de la norma jurídica se detectan fácilmente con la simple lectura de los nuevos textos normativos. No hace falta ni aplicarla, solo al leerla ya advertimos, a menudo, inexactitudes, contradicciones aberrantes con otros textos; además de, habida cuenta el frenesí reglamentario, se hace dejación del rigor legislativo presidido por la imprescindible nota de “la originalidad”, por el clásico “corta y pega” con todo los perjuicios que esto implica que tan sólo esta justificado por la inexplicable precipitación.



La desidia normativa es de tal jaez que todas estas inconcreciones, con frecuencia, pasan inadvertidas a los múltiples centros que durante el proceso de elaboración tienen que velar por la integridad jurídica de la norma. Consejos consultivos, de estado, letrados de las cortes, asesores jurídicos de ministerios, consejerías, gabinetes y servicios jurídicos, consejo económico y social; y, ojo, desde época reciente (desde el tandem: Maria Teresa Fernández de la Vega-Bibiana Aido) todas las normas reglamentarias deberían pasar para su correcta elaboración por el preceptivo Informe de Impacto de Genero; fuera ser que el hipotético reglamento regulador del suministro eléctrico utilizara la expresión megavatios y no el de megavatias, aspecto a tener en cuenta de suma importancia para la economía nacional. Y así nos “ha ido”.



Estas reflexiones me traen a la memoria la cita de Jesús Fueyos, que para mi tio Antonio Hernández Gil, según me comentó en alguna ocasión, había sido su discípulo de cátedra más brillante: “el Derecho lo que verdaderamente persigue nos es la Justicia sino...la Seguridad”. Casi nadie al aparato.

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