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viernes, 3 de septiembre de 2021

ANTE EL RETO DEL CAMBIO CLIMATICO

 




Es, la lucha contra el cambio climático y la crisis provocada por la pandemia COVID-19, un reto de primera magnitud que los habitantes del globo no tienen más remedio que fajarse y hacer todo lo posible por evitar su degradación, si no queremos que la tierra sea inhabitable. Los recientes acontecimientos devastadores de Palatinado y los ocurridos en Bélgica no hacen sino alarmarnos aún más, sobre la conveniencia de hacer algo por la salud del clima. Ya llueve sobre mojado. Sobre el inhóspito terreno desolado con los cuatro millones y medio de muertos por Covid en el mundo.

Este afán es el que vienen buscando desde hace tiempo 195 países que en el año 2015-16 llegaron al Acuerdo de París. Donde se decidieron, entre otras cosas, que los países desarrollados deben mantener su actual objetivo colectivo cuantificado, hasta 2025, como mínimo de 100.000 millones de dólares anuales, teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de los países en desarrollo; porque la situación requiere una urgentes movilización de financiación. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3º del artículo 9 del Acuerdo de París: en el marco de un esfuerzo mundial, las Partes que son países desarrollados deberían seguir encabezando los esfuerzos dirigidos a movilizar financiación para el clima a partir de una gran variedad de fuentes, instrumentos y cauces, teniendo en cuenta el importante papel de los fondos públicos, a través de diversas medidas, como el apoyo a las estrategias controladas por los países, y teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de las Partes que son países en desarrollo. Esa movilización de financiación para el clima debería representar una progresión con respecto a los esfuerzos anteriores. Paris, reconoce la importancia de los recursos financieros destinados a reducir las emisiones debidas a la deforestación y la degradación forestal y promover la conservación, la gestión sostenible de los bosques y el aumento de las reservas forestales de carbono.

Del Acuerdo de Paris es de donde surge la necesidad de la financiación y la limitación de emisiones. La Comisión Europea establece las toneladas de CO2 permitidas y crea los derechos de emisión que se subastan. La Comisión Europea y el Parlamento regularán el régimen de los EuGB (Bonos Verdes europeos) en el reglamento que se confeccione al efecto, establecerá, entre otras cosas y bajo los principios de subsidiariedad, proporcionalidad y armonización, que, determinadas empresas convenientemente registradas y controladas, actuarán como revisores externos de esos EuGB, con la finalidad de dotarles de calidad, facilitar la Unión de Mercados de capitales y evitar el blanqueo ecológico.

Se ha producido un Nuevo Orden. La evidencia de los acontecimientos climatológicos unidas a las medidas internacionales adoptadas para paliar la crisis mundial sobrevenida como consecuencia de la pandemia nos sitúa ante un escenario a muchos años vista (agenda 2030-2050) en el que, en la labor de asesoramiento integral de las empresas más competitivas, van a yuxtaponerse elementos provenientes del conocimiento jurídico, económico, financiero y fiscal como era tradicional y en el mismo plano de importancia los provenientes del ámbito medioambiental que procuren la deseada por imprescindible sustentabilidad ecológica.

Hay que controlar el campo técnico para discernir entre lo que es sostenible y lo que no es relevante a estos efectos. Muy importante. Loa gabinetes de asesoramiento empresarial deberán contar con alguien que se encargue de dirigir un equipo técnico que lleve a cabo esta función. De forma multidisciplinar y horizontal un equipo que se precie de estar bien constituido debería estar integrado por técnicos de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica o Ciencias Medio Ambientales que convenientemente coordinados estudiaran respuestas innovadoras a los desafíos de la insostenibilidad social y ambiental, enmarcado en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030 cuantas acciones en esta materia fueran suscitadas por los entes objeto de nuestro asesoramiento profesional, quienes deberán estar capacitados para aplicar en el ámbito del desarrollo y la sostenibilidad, ya sea para el sector público, privado o no lucrativo, esos nuevos enfoques. Igual que se me ha ocurrido este centro podríamos considerar la Escuela Superior de Minas, en la que también se impartirán enseñanzas relacionadas con la protección del medio natural.

En la actualidad, en los despachos de abogados, se viene captando un nuevo tipo de clientes que demandan la prestación de servicios profesionales de grandes connotaciones económicas en materia de sostenibilidad ambiental en sus diferentes facetas. Sus dimensiones técnicas van más allá del conocimiento puramente jurídico pero esta especialización no debe desestructurar o minorar la bolsa de clientes de los despachos de abogados sino que sería conveniente integrar en los equipos, agentes cualificados en materias diferentes a la puramente jurídica, como pueden ser economistas, medioambientalistas, etc..



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