Es lamentable la imagen que se está dando con la discusión
sobre los nombramientos de ahora y de antes. No debemos caer en el craso error de
gastar el talento en lo adjetivo, circunstancial.
No creo que sea el momento
adecuado para eternizarnos en una diatriba que de antemano se anuncia como
improductiva, ineficaz. Son habas contadas. No hay debate. La discusión tal y
como está planteada es totalmente estéril. No merece la pena perder más tiempo.
No podemos perder más tiempo. Los extremeños no se merecen que sus políticos le
dediquen un minuto más a la depuración de los nombramientos eventuales y de
confianza de los anteriores y los actuales. El balance hay que efectuarlo sobre
el resultado final: sobre la eficiencia y eficacia administrativa actual y
futura. Me parece un derroche innecesario. Oposición y gobierno debieran tener
hambre de resolver cuestiones importantes. Sin complejos. Ansias de mejorar.
Todos tenemos que tirar del carro. Si no vamos a pagar las consecuencias.
Del personal que presta sus
servicios para la Junta
de Extremadura el eventual es aquél que desempeña funciones de confianza y
asesoramiento especial. Su previsión y provisión del puesto de trabajo está
legalmente establecida. El problema estribaría en que se hubieran alterado las
prescripciones para su nombramiento, bien porque no lo hubiera efectuado la
autoridad competente o bien porque no se hubiera seguido el procedimiento
prestablecido. Fuera de estos casos el análisis que hay que hacer es si con
esos nombramientos se está atendiendo a la consecución de un interés general o
la consecución de una prebenda particular. Y si en la ejecución y desarrollo
del puesto ocupado por el personal eventual se están desenvolviendo los
cometidos propios del puesto (en el caso de los conductores...la conducción) o si
se está incurriendo en extralimitaciones.
Este es el análisis que hay que
hacer. Antes, como ahora, a buen seguro que, los nombrados o designados bajo las premisas legales de eventualidad o de confianza, habrán desempeñado y van a
desempeñar sus cometidos con absoluta dignidad, esfuerzo y dedicación. Esto es
lo normal. Y tan sólo con carácter extraordinario, excepcional e improbable, si
despues de la imprescindible reflexión intelectual que comporta ese análisis al
que me refería, resultara algún caso de desatención del servicio público o de ilícito
lucro personal estaríamos en la tesitura de pedir explicaciones y
exigir responsabilidades previo la correspondiente incoacción de procedimiento
disciplinario o diligencias penales, en su caso, sobre posible tráfico de
influencias del 428 y siguientes del Codigo Penal.
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